El presente contrato tiene por objeto la gestión del Centro de Crisis 24 horas para mujeres mayores de 16 años víctimas de violencias sexuales, en los términos previstos en el artículo 35.1.a) de la Ley Orgánica 10/2022, de 6 de septiembre, de garantía integral de la libertad sexual (en adelante Ley Orgánica 10/2022)2.El Centro de Crisis 24 horas Nº. 1 albergará un espacio dedicado a un servicio de intervención con las personas usuarias y en el mismo, de conformidad con el artículo 35.1. a) de la Ley Orgánica 10/2022, se ofrecerán servicios que brindan atención psicológica, jurídica y social. Bajo criterios de atención permanente y actuación urgente, proveerán apoyo y asistencia en situaciones de crisis para víctimas, familiares y personas del entorno. Estos centros incluyen el acompañamiento y la información telefónica y presencial las 24 horas del día todos los días del año.
Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales
El acuerdo marco tiene por objeto fijar las condiciones a las que tendrán que ajustarse los contratos de servicios para la gestión y contratación de plazas en Centros de Día de soporte social para personas con enfermedad mental grave y duradera en las distintas zonas de la Comunidad de Madrid. Los Centros de Día de soporte social se conciben como un recurso social específico en régimen de atención diurna desde el que se ofrece un conjunto de actividades con funciones de apoyo al mantenimiento y mejora de la autonomía y de soporte social, dirigido a personas con enfermedad mental grave y duradera y en especial a aquellos con mayores dificultades de funcionamiento e integración y por tanto mayor riesgo de deterioro psicosocial, aislamiento y dependencia. En los Centros de Día se ofrecerán tanto programas de mejora de la autonomía personal y social como un abanico de actividades de día de apoyo y soporte social (culturales, sociales, deportivas, ocupacionales, de ocio, etc.) para facilitar la estructuración de la vida cotidiana y ofrecer el soporte social que los usuarios puedan necesitar. Las plazas en Centros de Día de soporte social adjudicados en el presente Acuerdo Marco, una vez contratadas en virtud de los contratos de servicios que de él se deriven, quedaran integradas en la Red de Atención Social a personas con enfermedad mental grave y duradera de la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
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El objeto del presente Acuerdo Marco es fijar las condiciones a las que tendrán que ajustarse los contratos de servicios para la gestión y contratación de plazas en Equipos de Apoyo Social Comunitario (EASC) para personas con enfermedad mental grave y duradera en las distintas zonas de la Comunidad de Madrid. Los Equipos de Apoyo Social Comunitario (EASC) se conciben como un Servicio de atención psicosocial especializado que complementa la atención prestada en la red de centros y que permiten ofrecer atención psicosocial domiciliaria y en el propio entorno a aquellas personas con enfermedad mental grave con mayores dificultades de funcionamiento e integración y que les ofrecen asimismo acompañamiento y apoyo para su vinculación con la red de centros y servicios que necesiten tanto de salud mental como de atención social o recursos socio-comunitarios. Ofrecen una atención flexible y cercana en su propio domicilio a fin de prevenir situaciones de abandono y marginación y sobre todo ayudarles en la medida de lo posible a mantenerse en adecuadas condiciones en su propia vivienda y/o en su entorno familiar y social. Así como con aquellos usuarios que sean necesario, ofrecen acompañamiento y apoyo para mejorar el enganche y vinculación con la red de recursos de salud mental, de la red de atención social y de servicios sociales, así como apoyo en su propio entorno a fin de mejorar su situación y calidad de vida y ofrecer ayuda a sus familias. Las plazas en Equipos de Apoyo Social Comunitario (EASC) adjudicadas en el presente Acuerdo Marco, una vez contratadas en virtud de los contratos de servicios que de él se deriven, quedaran integradas en la Red de Atención Social a personas con enfermedad mental grave y duradera de la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
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El objeto del presente Acuerdo Marco es fijar las condiciones a las que tendrán que ajustarse los contratos de servicios para la gestión y contratación de plazas en Centros de Rehabilitación Psicosocial para personas con enfermedad mental grave y duradera en las distintas zonas de la Comunidad de Madrid. Los Centros de Rehabilitación Psicosocial (CRPS), se conciben como un tipo de Centro de atención diurna de atención psicosocial especializada destinados a personas con enfermedad mental grave y duradera y, en especial, a aquellos con mayores dificultades de funcionamiento e integración, para ayudarles a recuperar el máximo grado de autonomía personal y social y promover su mantenimiento e integración en la comunidad. Así como apoyar y asesorar a sus familias. Ofrecen programas individualizados de rehabilitación psicosocial y apoyo a la integración y actividades de apoyo social, para ayudar a las personas con enfermedad mental severa y persistente a recuperar el máximo grado de autonomía personal y social, mejorar su funcionamiento psicosocial y promover su mantenimiento e integración en la comunidad. Así mismo ofrecen psicoeducación, asesoramiento y apoyo a las familias. Las plazas en Centros de Rehabilitación Psicosocial adjudicados en el presente Acuerdo Marco, una vez contratadas en virtud de los contratos de servicios que de él se deriven, quedaran integradas en la Red de Atención Social a personas con enfermedad mental grave y duradera de la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales.
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El acuerdo marco tiene por objeto fijar las condiciones a las que tendrán que ajustarse los contratos de servicios para la gestión y contratación de plazas en Centros de Rehabilitación Laboral para personas con enfermedad mental grave y duradera en las distintas zonas de la Comunidad de Madrid. Las plazas en Centros de Rehabilitación laboral adjudicados en el presente Acuerdo Marco, una vez contratadas en virtud de los contratos de servicios que de él se deriven, quedaran integradas en la Red de Atención Social a personas con enfermedad mental grave y duradera de la Dirección General de Atención a Personas con Discapacidad de la Consejería de Familia, Juventud y Asuntos Sociales. Los Centros de Rehabilitación Laboral que se contraten en el presente nuevo Acuerdo Marco mediante los contratos basados del mismo estarán cofinanciados al 40% por el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) dentro del Programa FSE+ 2021-2027, al ser coherente con los fines establecidos en la Prioridad 2: inclusión social, Objetivo Específico: h) Fomentar la inclusión activa al objeto de promover la igualdad de oportunidades, la no discriminación y la participación activa, y mejorar la empleabilidad, en particular para los grupos desfavorecidos, dentro del Objetivo político 4 :“Una Europa más social e integradora mediante la aplicación del pilar europeo de derechos sociales” pues se ajusta a los criterios de selección de operaciones aprobados por el Comité de Seguimiento, los Reglamentos (UE) 2021/1060, de 24 de junio, por el que se establecen las Disposiciones Comunes y el Reglamento (UE) 2021/1057, del Parlamento Europeo y del Consejo de 24 de junio, por el que se establece el Fondo Social Europeo Plus (FSE+) y al resto de reglamentos en ejecución y gestión que se emitan.
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Id licitación: 2/2026(electrónico 87/2026); Órgano de Contratación: Presidencia del Organismo Autónomo Terra de Sanxenxo; Importe: 3299450.3 EUR; Estado: PUB
La prestación de parte del Servicio de Ayuda a Domicilio en el municipio de Salteras, en sus tres modalidades de acceso (Municipal/Urgencia, Concertado y Dependencia), asegurando la adecuada atención a las personas usuarias y el cumplimiento de la normativa aplicable, en particular la Ley 39/2006, de 14 de diciembre,
Contrato de servicios sujeto a regularización armonizada para la contratación del servicio de ayuda a domicilio por procedimiento abierto y tramitación ordinaria