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La contratación de un Servicio de Prevención Ajeno para las especialidades preventivas de Seguridad en el Trabajo e Higiene industrial, en el que se incluyen las actividades a que obliga la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales, con destino a los empleados que prestan sus servicios en los buques sanitarios del Instituto Social de la Marina.