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Expediente ASUM004930/216/12/2026/00360
ResueltaDistrito de Hortaleza
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Nombre
Distrito de Hortaleza
NIF/CIF
P2807900B
DIR3
LA0000777
Ubicación
Carretera de Canillas, 2, Madrid, 28049
Localidad
Madrid
Contacto
Distrito de Hortaleza
ncontrahortaleza@madrid.es
Teléfono
914306914
Org. superior
Distrito de Hortaleza > Madrid > Ayuntamientos > Comunidad de Madrid > ENTIDADES LOCALES > Sector Público
Presupuesto base (sin IVA)
2254,66 €
Presupuesto con IVA
2278,14 €
Importe de adjudicación
2254,66 €
Ofertas recibidas
1
Tipo de contrato
Suministros
Procedimiento
Derivado de acuerdo marco
CPV principal
18000000
Ubicación (NUTS)
Madrid (ES300)
Subtipo
2
Forma de presentación
Manual
Sistema de contratación
Código de origen: 3
Urgencia
Ordinaria
Árbol CPV principal
Horas en zona peninsular (Europe/Madrid), a partir de los datos recibidos. Confirma el plazo en el anuncio oficial.
Plazo de presentación
No indicada
Disponibilidad de docs.
No indicada
Duración estimada
3 días
Inicio previsto
20/08/2026
Fin previsto
No indicada
Fecha de publicación
19/08/2026
Última actualización
19/08/2026, 14:52
Empresa
RECIO, S.L.
NIF/CIF
B13007414
Importe adjudicado
2254,66 €
Importe total adjudicado
2728,14 €
Ofertas recibidas
1
Fecha adjudicación
06/03/2026
PYME
Si
para su conocimiento y efectos se notifica que, en el expediente de referencia, el órgano competente ha dictado la Resolución que se adjunta. “Contra el presente acto, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer los recursos que se indican a continuación: I.- Recurso de REPOSICIÓN potestativo previo al contencioso-administrativo, de conformidad con lo establecido en el artículo 44.6 de la Ley 9/2017 de Contratos del Sector Público, ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes, computado de acuerdo con lo establecido en el apartado 1 de la disposición adicional decimoquinta de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, o bien, directamente recurso CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO ante el Tribunal de Instancia de Madrid, en el plazo de dos meses, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 30.4, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. II.- Todo ello, sin perjuicio de cualquier otro recurso que se estime procedente interponer.”
Idioma
es
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