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Expediente 5002/2026
ResueltaAlcaldía del Ayuntamiento de Santa María de Guía
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Nombre
Alcaldía del Ayuntamiento de Santa María de Guía
NIF/CIF
P3501000H
DIR3
L01350234
Ubicación
c/ Eusebia de Armas, Santa María de Guía, 35450
Localidad
Canarias
Contacto
Alcaldía del Ayuntamiento de Santa María de Guía
anajimmir@santamariadeguia.es
Teléfono
928896555
Org. superior
Santa María de Guía de Gran Canaria > Ayuntamientos > Las Palmas > Canarias > ENTIDADES LOCALES > Sector Público
Presupuesto base (sin IVA)
2495,00 €
Presupuesto con IVA
2669,65 €
Importe de adjudicación
2495,00 €
Ofertas recibidas
1
Tipo de contrato
Servicios
Procedimiento
Contrato menor
Ubicación (NUTS)
Canarias (ES70)
Subtipo
27
Urgencia
Ordinaria
Horas en zona peninsular (Europe/Madrid), a partir de los datos recibidos. Confirma el plazo en el anuncio oficial.
Plazo de presentación
No indicada
Disponibilidad de docs.
No indicada
Inicio previsto
18/07/2026
Fin previsto
19/07/2026
Fecha de publicación
10/08/2026
Última actualización
10/08/2026, 09:47
Empresa
TISCAMANITA RODASORIO, S.L.
Importe adjudicado
2495,00 €
Importe total adjudicado
2669,65 €
Ofertas recibidas
1
Fecha adjudicación
18/07/2026
PYME
No
La elección del contratista para la prestación del servicio de avituallamiento de la carreta participante en la Romería de Gáldar se fundamenta en la necesidad de garantizar un suministro adecuado, puntual y de calidad de los productos necesarios para el correcto desarrollo de este acto tradicional. Tras valorar las necesidades del servicio y las características de la prestación requerida, se considera que la empresa seleccionada reúne las condiciones de capacidad, solvencia y experiencia necesarias para ejecutar el suministro con las garantías exigibles. Asimismo, dispone de los medios materiales y logísticos suficientes para asegurar la entrega de los productos en los plazos establecidos y conforme a las especificaciones requeridas por la organización del evento. La elección del contratista responde, por tanto, a criterios de idoneidad para la prestación del servicio, disponibilidad para atender las necesidades específicas de la Romería de Gáldar y adecuación económica de la oferta, garantizando el correcto desarrollo de una actividad de especial relevancia cultural y tradicional para el municipio. Este contratista tiene la capacidad y solvencia adecuada para ejecutar el contrato, y no está incurso en prohibición para contratar. Asimismo, se ha comprobado que no ha suscrito este año más contratos menores que individual o conjuntamente superen la cifra que consta en el artículo 118.1 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público. Por último, se informa que el Ayuntamiento de Santa María de Guía carece de los recursos técnicos y humanos suficientes para la ejecución de las actuaciones descritas con medios propios dada la particularidad de las acciones.
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