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Expediente 5337/2026
ResueltaAlcaldía del Ayuntamiento de Santa María de Guía
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Nombre
Alcaldía del Ayuntamiento de Santa María de Guía
NIF/CIF
P3501000H
DIR3
L01350234
Ubicación
c/ Eusebia de Armas, Santa María de Guía, 35450
Localidad
Canarias
Contacto
Alcaldía del Ayuntamiento de Santa María de Guía
anajimmir@santamariadeguia.es
Teléfono
928896555
Org. superior
Santa María de Guía de Gran Canaria > Ayuntamientos > Las Palmas > Canarias > ENTIDADES LOCALES > Sector Público
Presupuesto base (sin IVA)
1869,20 €
Presupuesto con IVA
2000,04 €
Importe de adjudicación
1869,20 €
Ofertas recibidas
1
Tipo de contrato
Servicios
Procedimiento
Contrato menor
Ubicación (NUTS)
Canarias (ES70)
Subtipo
27
Urgencia
Ordinaria
Horas en zona peninsular (Europe/Madrid), a partir de los datos recibidos. Confirma el plazo en el anuncio oficial.
Plazo de presentación
No indicada
Disponibilidad de docs.
No indicada
Duración estimada
1 día
Inicio previsto
06/08/2026
Fin previsto
No indicada
Fecha de publicación
06/08/2026
Última actualización
06/08/2026, 14:02
Empresa
Actura, Artistas y Eventos, S.L.
Importe adjudicado
1869,20 €
Importe total adjudicado
2000,04 €
Ofertas recibidas
1
Fecha adjudicación
06/08/2026
PYME
No
Actura, Artistas y Eventos, S. L. ha presentado una propuesta ajustada al objeto del contrato para el proyecto y la ejecución del acto «90 años de Sombra del Nublo. Reconocimiento al Cabildo de Gran Canaria». La elección del contratista se justifica en la adecuación de la oferta, que integra la planificación, la coordinación, la producción y la ejecución previstas. La propuesta económica resulta adecuada en relación con la prestación incluida y permite atender la necesidad municipal dentro del crédito disponible. A efectos del expediente, deberá constar la documentación administrativa que proceda y la comprobación de que el contratista no se encuentra incurso en prohibición para contratar, dispone de capacidad suficiente para la prestación del servicio y cumple las obligaciones legales exigibles. El Ayuntamiento carece de medios propios suficientes para realizar las tareas objeto del contrato, lo que justifica la necesidad de contratación externa. Este contratista tiene la capacidad y solvencia adecuada para ejecutar el contrato, y no está incurso en prohibición para contratar. Asimismo, se ha comprobado que no ha suscrito este año más contratos menores que individual o conjuntamente superen la cifra que consta en el artículo 118.1 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público. Por último, se informa que el Ayuntamiento de Santa María de Guía carece de los recursos técnicos y humanos suficientes para la ejecución de las actuaciones descritas con medios propios dada la particularidad de las acciones.
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