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Expediente 5127/2026
ResueltaAlcaldía del Ayuntamiento de Santa María de Guía
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Nombre
Alcaldía del Ayuntamiento de Santa María de Guía
NIF/CIF
P3501000H
DIR3
L01350234
Ubicación
c/ Eusebia de Armas, Santa María de Guía, 35450
Localidad
Canarias
Contacto
Alcaldía del Ayuntamiento de Santa María de Guía
anajimmir@santamariadeguia.es
Teléfono
928896555
Org. superior
Santa María de Guía de Gran Canaria > Ayuntamientos > Las Palmas > Canarias > ENTIDADES LOCALES > Sector Público
Presupuesto base (sin IVA)
10.638,96 €
Presupuesto con IVA
11.383,69 €
Importe de adjudicación
10.638,96 €
Ofertas recibidas
1
Tipo de contrato
Servicios
Procedimiento
Contrato menor
Ubicación (NUTS)
Canarias (ES70)
Subtipo
27
Urgencia
Ordinaria
Horas en zona peninsular (Europe/Madrid), a partir de los datos recibidos. Confirma el plazo en el anuncio oficial.
Plazo de presentación
No indicada
Disponibilidad de docs.
No indicada
Inicio previsto
31/07/2026
Fin previsto
01/08/2026
Fecha de publicación
03/08/2026
Última actualización
03/08/2026, 12:01
Empresa
EFECTO SOUND, S.L.
Importe adjudicado
10.638,96 €
Importe total adjudicado
11.383,69 €
Ofertas recibidas
1
Fecha adjudicación
31/07/2026
PYME
No
EFECTO SOUND, S.L. cuenta con capacidad para asumir la organización y producción de la actividad objeto del contrato, así como la coordinación técnica y artística necesaria para su desarrollo y la gestión de la participación de las formaciones incluidas en la propuesta. La elección del contratista se justifica en la idoneidad de la oferta presentada y en su adecuación al objeto del contrato, al contemplar de manera integral la organización y producción del «I Festival Kanarii», la coordinación técnica y artística y la participación de los grupos Kanarii, Nuevos Aires y Cuarteto Vocal Vidas. Asimismo, la propuesta económica presentada resulta adecuada en relación con las prestaciones incluidas y con las necesidades de producción y coordinación de la actividad, permitiendo garantizar el desarrollo del festival en las condiciones previstas. A efectos del expediente, deberá constar la documentación administrativa que proceda y la comprobación de que el contratista no se encuentra incurso en prohibición para contratar, dispone de capacidad suficiente para la prestación del servicio y cumple las obligaciones legales exigibles. Por último, se hace constar que el Ayuntamiento carece de medios propios suficientes para realizar la totalidad de los trabajos de organización, producción y coordinación técnica y artística objeto del contrato, lo que justifica la necesidad de contratación externa Este contratista tiene la capacidad y solvencia adecuada para ejecutar el contrato, y no está incurso en prohibición para contratar. Asimismo, se ha comprobado que no ha suscrito este año más contratos menores que individual o conjuntamente superen la cifra que consta en el artículo 118.1 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público. Por último, se informa que el Ayuntamiento de Santa María de Guía carece de los recursos técnicos y humanos suficientes para la ejecución de las actuaciones descritas con medios propios dada la particularidad de las acciones.
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