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Expediente GEX/951/2026
AdjudicadaAlcaldía de Ayuntamiento de Luque
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Técnicos: 1 · Administrativos: 1 · Adicionales: 0
Nombre
Alcaldía de Ayuntamiento de Luque
NIF/CIF
P1403900B
DIR3
L01140399
Ubicación
Plaza De España, Nº 11, Luque, 14880
Localidad
Córdoba
Contacto
Alcaldía de Ayuntamiento de Luque
contratacion@luque.es
Teléfono
957667300
Org. superior
Luque > Ayuntamientos > Córdoba > Andalucía > ENTIDADES LOCALES > Sector Público
Presupuesto base (sin IVA)
40.700,00 €
Presupuesto con IVA
49.247,00 €
Importe de adjudicación
40.700,00 €
Ofertas recibidas
1
Tipo de contrato
Privado
Procedimiento
Negociado sin publicidad
CPV principal
92312130
Ubicación (NUTS)
Córdoba (ES613)
Forma de presentación
Electrónica
Sistema de contratación
Código de origen: 0
Urgencia
Ordinaria
Árbol CPV principal
Horas en zona peninsular (Europe/Madrid), a partir de los datos recibidos. Confirma el plazo en el anuncio oficial.
Plazo de presentación
01/06/2026 · confirma la hora en la fuente oficial
Disponibilidad de docs.
01/06/2026 · confirma la hora en la fuente oficial
Inicio previsto
20/08/2026
Fin previsto
22/08/2026
Fecha de publicación
01/06/2026
Última actualización
01/06/2026, 13:38
Empresa
DOBLEA SERVICIOS ARTISTICOS, S.LU.
NIF/CIF
B67875161
Importe adjudicado
40.700,00 €
Importe total adjudicado
49.247,00 €
Ofertas recibidas
1
Fecha adjudicación
29/05/2026
PYME
Si
Oferta mas baja
40.700,00 €
Oferta mas alta
40.700,00 €
De conformidad con lo establecido en el articulo 131 LCSP, el presente contrato será adjudicado por procedimiento abierto en su modalidad de negociado sin publicidad regulado expresamente en el articulo 168 LCSP. Las siguientes circunstancias justifican la utilización del procedimiento negociado sin publicidad (art. 168.a.2 de la LCSP), sin la previa publicación del anuncio de licitación , UNICAMENTE en los siguientes casos: «... Cuando las obras, los suministros o los servicios solo puedan ser encomendados a un empresario determinado, por alguna de las siguientes razones: que el contrato tenga por objeto la creación o adquisición de una obra de arte o representación artística única no integrante del Patrimonio Histórico Español; que no exista competencia por razones técnicas; o que proceda la protección de derechos exclusivos, incluidos los derechos de propiedad intelectual e industrial. La no existencia de competencia por razones técnicas y la protección de derechos exclusivos, incluidos los derechos de propiedad intelectual e industrial solo se aplicarán cuando no exista una alternativa o sustituto razonable y cuando la ausencia de competencia no sea consecuencia de una configuración restrictiva de los requisitos y criterios para adjudicar el contrato. ...» En consecuencia, la forma de adjudicación del presente contrato, en el que existen razones artísticas y de exclusividad que hacen que el contrato solo pueda ser encomendado a un empresario determinado, será el procedimiento negociado sin publicidad, en el que se invitará únicamente a la empresa, DOBLEA SERVICIOS ARTISTICOS, S.LU., al haber acreditado la misma que tiene la exclusividad de representación de los grupos musicales antes mencionados, para los días previstos de actuación en el presente contrato.
Subcontratacion max.
De conformidad con lo establecido en el artículo 215 de la LCSP.
Idioma
es
Variantes permitidas
No
Requisitos de solvencia
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