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Expediente 2882/2026
En evaluaciónAlcaldía del Ayuntamiento de Baeza
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Técnicos: 1 · Administrativos: 1 · Adicionales: 3
Nombre
Alcaldía del Ayuntamiento de Baeza
NIF/CIF
P2300900D
DIR3
L01230098
Ubicación
Pasaje Cardenal Benavides, 10, Baeza, 23440
Localidad
Jaén
Contacto
Alcaldía del Ayuntamiento de Baeza
sac@baeza.net
Teléfono
953740150
Org. superior
Baeza > Ayuntamientos > Jaén > Andalucía > ENTIDADES LOCALES > Sector Público
Presupuesto base (sin IVA)
70.000,00 €
Presupuesto con IVA
84.700,00 €
Importe de adjudicación
14.950,00 €
Ofertas recibidas
3
Tipo de contrato
Privado
Procedimiento
Abierto
CPV principal
92000000
CPV adicionales
92300000
Ubicación (NUTS)
Jaén (ES616)
Subtipo
26
Forma de presentación
Electrónica
Sistema de contratación
Código de origen: 0
Urgencia
Ordinaria
Árbol CPV principal
Horas en zona peninsular (Europe/Madrid), a partir de los datos recibidos. Confirma el plazo en el anuncio oficial.
Plazo de presentación
18/06/2026 · confirma la hora en la fuente oficial
Disponibilidad de docs.
18/06/2026 · confirma la hora en la fuente oficial
Duración estimada
1 día
Inicio previsto
22/04/2026
Fin previsto
30/06/2026
Fecha de publicación
02/06/2026
Última actualización
13/07/2026, 08:42
Empresa
JORGE CASADO GARCÍA
NIF/CIF
70250789A
Importe adjudicado
14.950,00 €
Documento adicional
PROPOSICION ECONOMICA.docxDocumento adicional
ANEXO II MODELO EMPRESAS MISMO GRUPO.docxDocumento adicional
ANEXO I MODELO DE DECLARACION RESPONSABLE.docxSubcontratacion max.
Cláusula 22 del PCAP. El contratista podrá concertar con terceros la realización parcial de las prestaciones accesorias objeto del contrato conforme a lo establecido en el artículo 215 de la Ley 9/2017, de Contratos del Sector Público.
Idioma
es
Variantes permitidas
No
Situación personal
Cláusula séptima del PCAP. De conformidad con el artículo 65.2 de la LCSP, los contratistas deberán contar con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de las prestaciones que constituyan el objeto del contrato. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 del Decreto 87/2025, de 26 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento Taurino de Andalucía, la empresa organizadora del espectáculo taurino deberá cumplir todos los requisitos previstos en el citado artículo para la autorización del espectáculo taurino. En los requisitos previos de participación sólo será necesario indicar si se cumple o no mediante la introducción de un texto.
Requisitos de solvencia
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