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Expediente 2025/000254
AdjudicadaComisión Ejecutiva del Patronato del Real Alcázar y Casa Consistorial de Sevilla
Adjudicación publicada. Revisa los resultados y los importes disponibles en esta ficha y en la fuente oficial.
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Técnicos: 1 · Administrativos: 1 · Adicionales: 1
Nombre
Comisión Ejecutiva del Patronato del Real Alcázar y Casa Consistorial de Sevilla
NIF/CIF
P9190001I
DIR3
LA0002813
Ubicación
Patio de Banderas, s/n, Sevilla, 41004
Localidad
Sevilla
Contacto
Comisión Ejecutiva del Patronato del Real Alcázar y Casa Consistorial de Sevilla
administracion@patronato-alcazarsevilla.es
Teléfono
955479805
Org. superior
Patronato del Real Alcázar y Casa Consistorial de Sevilla > Sevilla > Ayuntamientos > Sevilla > Andalucía > ENTIDADES LOCALES > Sector Público
Presupuesto base (sin IVA)
30.000,00 €
Presupuesto con IVA
30.000,00 €
Importe de adjudicación
26.250,00 €
Ofertas recibidas
1
Tipo de contrato
Privado
Procedimiento
Abierto simplificado
CPV principal
66510000
Ubicación (NUTS)
Sevilla (ES618)
Forma de presentación
Electrónica
Sistema de contratación
Código de origen: 0
Urgencia
Ordinaria
Árbol CPV principal
Horas en zona peninsular (Europe/Madrid), a partir de los datos recibidos. Confirma el plazo en el anuncio oficial.
Plazo de presentación
02/05/2025 · confirma la hora en la fuente oficial
Disponibilidad de docs.
02/05/2025 · confirma la hora en la fuente oficial
Duración estimada
24 meses
Inicio previsto
No indicada
Fin previsto
No indicada
Fecha de publicación
15/04/2025
Última actualización
10/06/2025, 14:06
Empresa
Helvetia Compañía Suiza, Sociedad Anónima de Seguros y Reaseguros
NIF/CIF
A41003864
Importe adjudicado
26.250,00 €
Importe total adjudicado
26.250,00 €
Ofertas recibidas
1
Fecha adjudicación
30/05/2025
PYME
No
Oferta mas baja
26.250,00 €
Oferta mas alta
26.250,00 €
único licitador
Idioma
es
Variantes permitidas
No
Revisión de precios
no procede
Situación personal
Certificado de que la entidad aseguradora se encuentra legalmente constituida y habilitada para el ramo objeto de este contrato y de estar autorizada legalmente para desarrollar el objeto del mismo, según lo exigido en la Ley 30/95, de 8 de noviembre, de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados;
Requisitos de solvencia
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